Libertad de expresión y polémica Nuria-Euclides

Uno de los aspectos más significados que han caracterizado las gestiones de gobierno del presidente Leonel Fernández ha sido la tolerancia y el respecto a la disensión y la crítica periodística  a través de los medios de comunicación.

Tanto es así, que algunos de los periodistas y comunicadores más críticos del gobierno y del PLD, tienen a hijos, esposas, familiares y relacionados ocupando posiciones en diferentes instituciones del Estado, y otros han sido favorecidos con contratos de servicios en diversas instancias gubernamentales así como con becas para realizar estudios en el extranjero.

Esa tolerancia y esa libertad de expresión ha dado pie para que algunos periodistas y comunicadores cometan excesos desde los medios de comunicación, haciendo denuncias e insinuaciones calumniosas y/o difamatorias, lo cuál está prohibido por la Constitución y las leyes adjetivas.

En nombre de la libertad de expresión se han montado campañas de descrédito que, dirigidas o no, tienden a destruir reputaciones o a descalificar o restarles credibilidad a figuras públicas y funcionarios gubernamentales de reconocida trayectoria profesional, académica e intelectual.

El colmo de esos ataques a través de los medios de comunicación lo llevó a cabo hace unos meses un señor de apellido Fadul, de Santiago de los Caballeros, el cuál a través de un canal de televisión y luego a través de Youtobe, se dedicó a propalar toda clase de insultos, infamias y descalificaciones morales y personales en contra del Jefe del Estado y Presidente de la República, la primera dama de la República y otros altos funcionarios del gobierno.

Muy probablemente ese señor ignora lo que establece el Artículo 86, del Código Penal Dominicano, el cuál dispone lo siguiente: “Toda ofensa cometida públicamente hacia la persona del jefe del Estado, se castigará con prisión de seis meses a dos años, y una multa de cincuenta a quinientos pesos”.

Y es que todo periodista o comunicador social, antes de cuestionar la honorabilidad y honestidad de cualquier persona o funcionario público, y poner en entredicho ante el público el origen de sus bienes patrimoniales e inmiscuirse en asuntos de su vida privada, debe tener muy presente las disposiciones del Artículo 337 y siguientes, y las de los Artículos 367, 368, 369, 370, 371 y 372,  del Código Penal Dominicano.

Los periodistas y comunicadores sociales contribuyen con el desarrollo, el progreso, el adecentamiento de la vida pública y el bienestar de la sociedad y el fortalecimiento del Estado y sus instituciones, cuando denuncian de manera responsable y veraz  los actos de corrupción, el desfalco, el nepotismo, la prevaricación, la asociación de malhechores, el enriquecimiento ilícito, el nepotismo, el abuso de autoridad, el despilfarro de recursos públicos, las irregularidades e ineficiencias gubernamentales o la impunidad judicial, y presentan como aval de las mismas las evidencias y las pruebas concretas e irrefutables que indiquen la comisión de un delito o acto contrario a la ley y a la ética.

Sin embargo, cuando en un reportaje se presentan casas de veraneo y se cuestiona o pone en entredicho la adquisición de las mismas con suposiciones e insinuaciones, o sólo con el argumento de que el propietario es un funcionario del gobierno, muy probablemente se incurre en un exceso o  en el delito de difamar o injuriar.

Quien asume un estilo periodístico agresivo, combativo, muchas veces temerario y sensacionalista, debe tener muy claro que, a quien sea que se le acuse de algo, tiene perfecto derecho a defender su honor y su reputación por todas las vías legales que hayan a su disposición, sean estas civiles o penales.

Si existe un derecho que debe preservarse a cualquier persona o ciudadano, es el derecho a defender su honor, su reputación, su honestidad y su integridad moral, así como el derecho a defender su vida privada y su intimidad.

Yo creo que los periodistas que se puedan sentir amenazados o intimidados en estos momentos, hacen mal en exigir sus derechos remitiendo sus quejas a través de comunicados ante las asociaciones empresariales del país, porque lo que tienen que hacer es precisamente denunciar las acciones por las que dicen sentirse amenazados, y reclamar en la justicia lo que entienden deben de reclamar o exigir.

Aunque ciertamente existan figuras intolerantes y arrogantes en el gobierno,  eso no quiere decir que exista un plan o una política de Estado para amedrantar, intimidar a los periodistas y comunicadores, o sesgar el derecho de expresión y difusión del pensamiento.

Si esto fuese así, entonces también sería válido el argumento de sectores gubernamentales que denuncian una campaña mediática orquestada por los periodistas  más activos en denunciar y criticar al gobierno, algunos de los cuáles han ocupado cargos públicos en gobiernos de la actual oposición, y que se les sindica como antipeledeístas.

Pienso que ninguna de las dos posiciones es correcta. Por una parte, creo que ha habido un exceso en parte de los reportajes  que presentan al Dr. Euclides Gutiérrez Félix como un funcionario público que se ha enriquecido desde las posiciones que ha ocupado en el Estado.

Por el otro lado, legalmente luce cuesta arriba intimar mediante acto de alguacil a los anunciantes de un programa de televisión pretendiendo presentar a los mismos como civilmente co-responsables o cómplices de las denuncias y expresiones que se emitan en dicho programa.

Me parece que si el Dr. Euclides Gutiérrez Félix se siente injuriado o difamado tiene perfecto derecho a querellarse y accionar judicialmente contra la periodista Nuria Piera, y aún contra el medio de comunicación que transmita expresiones injuriosas y difamatorias, si las ha habido, porque así lo establece la Ley de Expresión y Difusión del pensamiento, la cuál por si cierto debe ser modificada y actualizada en ese sentido para que sea el comunicador únicamente el responsable de sus denuncias.

Si por su parte, la periodista Nuria Piera tiene evidencias o pruebas de corrupción en contra del funcionario en cuestión, entonces debe someter al funcionario a la acción de la justicia, apoderando al Ministerio Público de una querella o denuncia formal, o denunciar específicamente, con las pruebas en las manos, los actos dolosos que entiende ha cometido Gutiérrez Félix.

Sobre la denuncia del problema del pago de la energía entiendo ambas posiciones. Por un lado, le concedo razón y derecho al ciudadano Superintendente de Seguros cuando somete a la justicia a Edesur porque no recibe el servicio de energía y encima de eso le pasan una factura mensual desproporcionada – me consta que ciertamente en ese circuito apenas se reciben dos o tres horas de energía al día-, porque por demás ese derecho está contenido en la Ley de Electricidad y no es verdad que se tiene que esperar un reglamento para hacer valer un derecho y un procedimiento que se encuentra estipulado en una ley.

Asimismo, se entiende el punto de la periodista Nuria Piera cuando reclama que no se cometa un privilegio con un ciudadano por el hecho de que es funcionario público, porque se estaría en presencia de una vergonzosa e injustificada discriminación frente a los tantos y tantos usuarios de la energía a los que nos la cortan desde el momento en que nos atrasamos en el pago de un mes en la factura.

Pero ese reclamo, más que hacérselo al Dr. Euclides Gutiérrez Félix,  que con derecho ha llevado su caso a los tribunales y todavía no ha habido una sentencia con autoridad irrevocablemente juzgada sobre el mismo, a quien debe de hacérsele es a los administradores de la CDEEE o Edesur.

En ese sentido, al igual que la periodista Nuria Piera, debemos condenar cualquier privilegio que pueda existir por parte de Edesur o la CDEEE a favor de un usuario de la energía, ya sea porque se trate de un funcionario público civil o militar, y por eso deben responder públicamente las autoridades de esas empresas.

Sin embargo, de la misma forma defiendo el derecho del Dr. Euclides Gutiérrez Félix a demandar judicialmente, haciendo acopio de una disposición legal, el respeto de sus derechos como usuario de la energía eléctrica por cuanto se le está cobrando una cantidad excesiva de dinero por un servicio que apenas ha recibido o recibe, lo cuál constituye un abuso que hemos padecido la mayoría de los dominicanos.

En ese sentido, ojalá logre sentar un precedente jurisprudencial con su demanda el Dr. Euclides Gutiérrez Félix, para que los usuarios de la energía puedan reivindicar su derecho cuando sean expoliados con altas facturaciones por un servicio que no reciben.

Por su parte, el recurso de amparo interpuesto por la periodista Piera es un derecho que le asiste y que hay que respetar. Al Dr. Euclides Gutiérrez, si se siente difamado, calumniado o injuriado, también le asiste el derecho de reclamar justicia por ello.

Los derechos no deben ser objeto de manipulaciones ni  tergiversaciones de ningún tipo, están para exigirse y reclamarse en la justicia, la cuál debe decidir quién tiene la razón en cada caso. Precisamente en eso consiste el Estado de Derecho en un sistema democrático.

Si el amparo se acoge, porque ya hay un precedente judicial sobre la materia, sencillamente se demostrará o confirmará el criterio jurídico de que no hay validez legal en el acto de intimación que se le notificó a los anunciantes del programa de televisión Nuria

Si por su parte, el Dr. Gutiérrez Félix somete a la periodista Nuria Piera por difamación e injuria y ésta resulta condenada, igualmente se estará en presencia de una decisión judicial que habría que respetar.

El resto quedaría en la especulación, la manipulación, la descalificación, la polémica personal y el bulto mediático, que no se parece en nada a la justicia, al derecho ni a la verdad.


Publicado en AlMomento.Net el 4 de septiembre de 2011.














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